Del Dalái Lama y la pedofilia eclesiástica a Marcelo Corazza y Jey Mammón

La sociedad ha sido sacudida de indignación por la denuncia de una red de prostitución infantil con base en Misiones, que involucró a Telefé a través del productor Marcelo Corazza de Gran Hermano: detenido, luego liberado pero con una causa en curso. A esto se sumó la denuncia pública contra Jey Mammón, en cuyo caso la causa no avanzó porque la Justicia declaró prescripto el delito por ser anterior a la Ley Piazza de 2011 y la Ley 27.206 de 2015.

Otro hecho repugnante, ocurrido a fines de febrero, fue el pedido de Dalái Lama a un niño para que le chupara la lengua; cuestión que se suma a la crisis que atraviesa la Iglesia Católica por casos de abuso infantil y que ha sido uno de los temas enfrentados por el Papa Francisco.

Estas situaciones dispararon el rechazo y la repugnancia social; y la pregunta de dónde salen estas prácticas abusivas y violatorias contra menores, y cómo eliminarlas. Pero la imagen de Dalái Lama o la propia historia reciente de la Iglesia Católica evidencian que no son casos aislados y que se trata de prácticas con una raíz histórica; prácticas que tras las revoluciones antifeudales en la modernidad han pasado a ser reprimidas y jurídicamente penalizadas.

En el esclavismo de Roma, la mujer y los hijos jurídicamente eran, al igual que el ganado, propiedad del hombre “pater familia” (en la denominación romana) de la familia patriarcal.

En Grecia, las relaciones homosexuales con púberes eran parte del estatus social. Desde al menos el siglo IV hasta el ¡siglo XIX! era usual la práctica de castrar niños para que conserven sus voces agudas para los coros: los conocidos castrati. Prácticas patriarcales que también de alguna manera perviven y hacen a la base histórica del machismo en la actualidad. ¿Cuánto tiene de origen feudal y precapitalista el denunciado “chineo” (violación de niñas de los pueblos originarios) por parte de terratenientes en las zonas de su propiedad?

Con la revolución burguesa, primero la mujer y luego los niños pasaron a ser personas jurídicas y sujetos de derecho. Aunque, inclusive hasta hace no tanto, el devenir de las mujeres y los niños dentro de las familias no era de incumbencia estatal, sino que era parte del ámbito privado a cargo de los hombres. Y aún sigue siendo así en muchos países de oriente.

Si bien la democracia burguesa ha pasado a reconocer jurídicamente los derechos de mujeres e infancias, su límite está en que el capitalismo mercantiliza todo lo que está a su alcance, incluida la sexualidad de los niños. Así es como hoy el negocio de la prostitución infantil, la pornografía infantil y el turismo sexual mueve millones. Surgen acusaciones sobre la utilización y ciertas prácticas habituales en los “casting” televisivos o de supuesto modelaje. Un claro ejemplo de esta mercantilización fue Milei, quien se manifestó a favor de la compra-venta de niños desde un fundamentalismo liberal que transpola inhumana y forzadamente toda relación social a la compra-venta de una mercancía.

En Argentina, la ley actual considera como violación a todo acto sexual con un niño o niña menor de 13 años, ya que no se los considera en capacidad de consentir dicha relación, aun cuando supuestamente manifiesten consentimiento. De 13 a 16 se acepta el consentimiento de relaciones entre menores. Pero cuando fuese con un mayor, este último será penado por estupro. A partir de los 16 años el consentimiento se amplía incluso con mayores de edad y no es penado, siempre que no se constituya la figura de corrupción de menores.

Estos criterios legales están en congruencia con la Convención sobre los Derechos del Niño (1989). Donde no solo se toma la edad de 16 años en cuanto a las relaciones sexuales, sino también para el derecho al voto, a conducir vehículos y a trabajar en relación de dependencia. Sin embargo, aparece la excepción jurídica en la capacidad que otorga la ley de contraer matrimonio a los menores con 15 años, cuando mediara consentimiento de sus padres. Aquí aparece contradictoriamente la edad de 15 años, y el tan festejado y presentado en sociedad pasaje de niña a mujer que se representa socialmente en esos cumpleaños. La ley entonces salva esta contradicción que en muchos casos perdura en matrimonios convenidos más por los padres que por el menor.

En definitiva, la tipificación como delito de la pedofilia y el avance Ley 27.206 para que no prescriban son parte de la lucha popular, contra una práctica aberrante que tiene una raíz histórica. La sociedad misma muestra también un avance con la indignación que se ha expresado ante casos que antes se tapaban o se naturalizaban contras las víctimas.