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Mapa de extranjerizacion a nivel subprovincial (click para ver más grande)

Mauricio Macri firmó un decreto modificando la actual Ley de Tierras para facilitar la compra de hectáreas por parte de firmas extranjeras. Bajo el lema de “promover las inversiones”, propicia una mayor concentración y extranjerización del suelo argentino.

El decreto 820/2016 modifica la Ley de Tierras 26.737, sancionada por el kirchnerismo en 2011. Aquella Ley establecía un límite de 15% del territorio, a nivel nacional, provincial y subprovincial (partidos o departamentos) a la superficie que podría estar en manos extranjeras, un “límite” que ya permitía casi triplicar el porcentaje actual (el relevamiento catastral y dominial efectuado por el Registro de Tierras en 2013 determinó un 5,93% de tierras en manos de extranjeros, 15.800.000 hectáreas). Pero ahora, el decreto de Macri abre aún más la puerta:

– En primer lugar define que se considera titular extranjero a quien sea titular de “más del 51% del capital social de una persona jurídica”, modificando el 25% establecido en la Ley vigente. Esto amplía la cantidad de firmas controladas por capital extranjero que podrán adquirir tierras sin ningún tipo de limitación.

– También amplía las hectáreas en manos extranjeras no computables: aquellas propiedades aun no inscriptas pero que “tengan títulos suficientes”, por ejemplo un simple boleto de compraventa, flexibilizando el requisito de la Ley vigente que requería estar inscripta en los registros de la propiedad inmueble con anterioridad a su sanción.

– Habilita la compra de lagos y espacios de agua por extranjeros: flexibiliza la adquisición de tierras con cuerpos de agua de envergadura y permanentes, como sucede con las tierras de Lewis y el Lago Escondido. El decreto establece un trámite exprés: el Ministerio de Justicia consultará a la provincia correspondiente sobre la existencia de cuerpos de agua y si pasados 10 días no hay respuesta, queda aprobada la venta.

– Facilita la compra de hectáreas por parte de firmas extranjeras mediante la adquisición de acciones de sociedades propietarias de tierras, permitiendo en este tipo de operaciones saltear la obligación de tramitar previamente el certificado de habilitación para la compra-venta. Incluso permite a las sociedades extranjeras eludir las restricciones transfiriendo a “personas jurídicas controladas o sujetas a control común con ellas, la titularidad del total o de aquella porción de tierras rurales que exceda el límite legal”.

– También crea excepciones al límite establecido por la Ley para el caso de tierras destinadas a parques, áreas o zonas industriales, sin importar el contexto territorial, “dicha superficie no será computada a los fines de los límites fijados” en la Ley.

Según el subsecretario de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia de la Nación, Martín Borrelli, el decreto “busca facilitar la llegada de inversiones productivas de capital extranjero en todo el país”. Y para la titular del Registro Nacional de Tierras Rurales, María Cristina Brunet, de esta manera los trámites en ese organismo “serán más cortos y expeditivos”. Por su parte Javier Christensen, presidente de la CAIR (Cámara de Inmobiliarias Rurales), remarcó que “esto facilita las inversiones productivas en commodities agropecuarios como trigo, maíz, soja y girasol”. Este decreto sería además el paso previo a la sanción de una nueva ley que vaya aún más allá en la concentración, la entrega y la dependencia.