El cupo de inclusión laboral travesti-trans ¡es ley!

El Senado de la Nación sancionó el pasado 24 de junio la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán – Lohana Berkins”. Profundizando el decreto del año pasado, la ley Nº27.636 establece que en los ámbitos públicos esta población alcance un porcentaje no inferior al 1% y en los ámbitos privados promueve incentivos para su contratación. Para su efectivización habrá un registro único de aspirantes desde el Estado. Es destacable como la propia ley hace una discriminación positiva en general por su objetivo en sí mismo y, además, al plantear que no será obstáculo el nivel educativo alcanzado, sino que si “las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos y finalizarlos”.

En este mismo sentido, establece que “los antecedentes penales de las/os postulantes, que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral, no podrán representar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo”. Esto es de suma importancia ya que los mismos son producto de códigos contravencionales que violan los derechos humanos fundamentales. Algunos existen actualmente y aún hay que luchar por su derogación.

Si la ley de identidad de género sancionada en el 2012 fue un gran paso en su reconocimiento, esto significa en parte una reparación histórica, ya que esta población en su inmensa mayoría fue sometida a la prostitución como una de las únicas salidas económicas posibles: así es que su expectativa de vida no supera actualmente los 40 años. Diana Sacayán y Lohana Berkins, fueron referentas indiscutibles por estos derechos. Su lucha hoy nuevamente demuestra sus frutos. Sigamos luchado por una sociedad más justa e igualitaria.