Ford deberá responder por crímenes de lesa humanidad

Por Guillermo Caporaletti

El juicio a Ford por la tortura y la desaparición de obreros va llegando a la instancia del veredicto de los jueces. En el tribunal oral federal Nº1 de San Martín, el lunes 12 se realizaron los alegatos de la querella. Restan los alegatos de las defensas, las respuestas y, finalmente, la resolución de los jueces el próximo 11 de diciembre. Por la querella expuso la abogada Elizabeth Gómez Alcorta, con quién conversamos.

Como precisamos en nuestra edición Nº130, la causa incluye los casos de veinticuatro obreros secuestrados y torturados. Diecisiete de ellos fueron secuestrados dentro mismo de la fábrica, en su puesto de trabajo, y luego torturados. Tras permanecer un tiempo detenidos-desaparecidos, fueron blanqueados y puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. La acusación recae contra dos altos directivos Ford: Pedro Müller, gerente de manufactura, y Héctor Sibila, militar retirado del Ejército y jefe de seguridad de la planta. Y también se encuentra imputado Santiago Omar Riveros, oficial responsable del área militar centrada en Campo de Mayo. Después de 42 años de incansable lucha, los directivos de Ford y el general deberán escuchar la sentencia.

Responsabilidad empresaria

Preguntada sobre el salto que implica esta causa en la lucha por memoria, verdad y justicia, Elizabeth analizó que “es el primer juicio en el cual se trabaja responsabilidad empresarial. Porque si bien tuvimos juicio a Marcos Levin, dueño de la Veloz del Norte, no es que se trabajó en ese proceso la responsabilidad de la empresa”. Recordemos que Levin fue condenado en primera instancia pero luego Casación revirtió esa condena. En aquel caso, se comprobó que Levin estuvo presente en la tortura contra trabajadores de su empresa; pero vergonzosamente Casación consideró prescripto el delito porque no lo consideró de lesa humanidad, absolviendo incluso a los militares que participaron de estos hechos. En el caso Ledesma, ni siquiera se llegó a juicio.

La existencia de delito de lesa humanidad “tiene que ver con si alguna persona llevó adelante un delito en el marco de un ataque generalizado” contra población civil. “Lo que se comprobó en el juicio es que hubo una coordinación represiva entre las Fuerzas Armadas y la empresa Ford. Como la responsabilidad (penal) es personal, lo que nosotros necesitamos además de probar esa coordinación represiva es ver quiénes, con nombre y apellido, intervinieron. Lo mismo ocurre para los militares”, detalló.

La responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad durante la última dictadura quedó sistematizada en una publicación de 2015. Elizabeth también formó parte del equipo que confeccionó aquel informe de Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad durante el terrorismo de Estado, integrado por miembros de FLACSO, el Programa Verdad y Justicia, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y el CELS. “Ford era uno de ellos. Lo que tiene de particular es que ninguno se pudo llegar a juicio.”

“La responsabilidad penal es individual, es por el acto. No hay responsabilidad de la empresa. Hay aportes empresariales en estos hechos. El punto central es que esos aportes empresariales uno lo puede poner en cabeza de ciertas personas porque nosotros trabajamos sobre esas personas, que estaban a cargo, personal jerárquico o miembros del directorio. Tenés que construir cómo es que ellos de acuerdo a sus funciones tienen responsabilidad sobre esos aportes.”

Aportes

“Después de un año de juicio oral y 15 de proceso, no hay ninguna duda que hubo aportes que salieron de la dirección de la empresa”. Entre esos aportes comprobados a lo largo del juicio podemos citar: campamento que los militares tenían dentro del predio de Ford en Pacheco; el quincho que funcionó como centro de detención y tortura; los aportes de combustible y comida a los militares; las listas negras, con logo de Ford incluido.

La coordinación entre Fuerzas Armadas y empresas también constan en las Directivas secretas del Ejército 222 y 226 de 1976, y 504 de 1977, que organizan el ámbito fabril y analizan la relación con los empresarios. Esto había sido expuesto durante el juicio por la historiadora Victoria Basualdo –que también formó parte del equipo que redactó el informe de Responsabilidad Empresarial… en 2015–. Ford fue, no casualmente, una de las empresas que más beneficios económicos obtuvo durante la dictadura (ver Nº130).

Según la propia respuesta de Ford al tribunal, Müller “era la autoridad de fábrica”, al punto que reemplazaba al propio presidente de Ford cuando se ausentaba. Como gerente de manufactura, recorría la fábrica permanentemente y dirigía operarios, capataces y supervisores. Por su parte, el militar retirado Sibilla tuvo a su cargo la seguridad de la planta entre 1967 y 1987. Luego se jubiló y pasó a emplearse en la embajada de Estados Unidos. Controlaba minuciosamente la entrada y salida de todo el personal y de visitas, y cada rincón de la planta. Fue entonces partícipe necesario en cada detención dentro de la fábrica.

La lucha colectiva

Durante su alegato, Gómez Alcorta destacó el proceso colectivo que lograron los trabajadores de Ford víctima del terrorismo. “No es habitual encontrar que, salvo los que viven afuera, todos hayan mantenido una lucha única durante 42 años. Es gente que no volvió a trabajar junta. Nunca más volvieron a Ford. Así que la verdad lo de ellos también es algo inédito. Que un colectivo de trabajadores que sufrieron ellos en carne propia los delitos de lesa humanidad se hayan sostenido como grupo”, reivindicó Elizabeth en diálogo con Vamos! y recordó que todos ellos habían ido juntos a declarar a la Conadep. “Esta causa se inicia con una denuncia que hace la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación en 1984. Están los casos de todos porque la reconstrucción inmediata estuvo en manos de ellos mismos.”

Justicia reparadora

Dirigiéndose a los jueces, insistió en su alocución sobre los efectos que debería buscar la sentencia. “Tenemos una enorme responsabilidad –afirmó en aquel momento– no sólo frente a los 24 trabajadores cuyos casos acá buscan justicia sino frente a toda la clase obrera. El desafío que se les presenta a ustedes, los miembros del Tribunal, como operadores del derecho, es poner en práctica el medio más adecuado para reparar el dolor de las víctimas, que es lisa y llanamente ahondar en el carácter reparador que debe tener el derecho y transmitir un mensaje a la sociedad argentina toda”.

Además de las penas contra los imputados, la querella solicitó otras medidas: la colocación de una señalización como sitio de Memoria en la entrada de la fábrica Ford y en la zona de los quinchos; la apertura de los archivos de la empresa (1976-1983); un convenio de Ford con el CONICET para investigaciones sobre responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad; que Ford organice un proceso de formación en derechos humanos para todo el personal jerárquico y obrero de la fábrica.

Posteriormente reflexionó que “hay algo muy importante que tiene que ver en estos juicios que es cuál es el legado que deja el Derecho respecto de qué es lo que nos pasó. De cómo se construye el discurso de lo que nos pasó. No sólo a los trabajadores sino a todos. Por un lado, con eso y tiene que ver con un efecto reparador para las víctimas, que no es el tandem que normalmente uno piensa que es en términos de castigo. Hacemos mucho incapié también que, más allá de la sentencia condenatoria o no que podamos obtener, el haber transitado para nosotros el juicio, el haber puesto en palabras, el haber encontrado un montón de información que nosotros no teníamos antes del juicio, el haber podido producir el debate: eso ya tiene un carácter de por sí reparador. Es la posibilidad de algo que sufrieron hace 42 años lo podés reconstruir todos juntos en un mismo momento. Acá vinieron pibes de los colegios secundarios, de las universidades. Hay notas, se sacó información, circuló, hay algo que ya está puesto en común para la comunidad. De eso no hay vuelta atrás. Sea cual sea la sentencia.”